El fallo fue emitido por la Comisión de Protección de Datos (DPC) de Irlanda, el principal regulador de Meta en la UE, ya que la sede regional de la empresa se encuentra en Dublín.
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La cantidad es la multa más grande emitida bajo el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, que anteriormente afectó a empresas como Amazon y Google.
El DPC dijo que su investigación sobre Meta encontró que la compañía no abordó los riesgos para "los derechos y libertades fundamentales" de los ciudadanos de la UE cuyos datos estaba transfiriendo a los EE. UU.
Además de la multa récord, el regulador ordenó a Meta que suspenda cualquier transferencia futura de datos personales a los EE. UU. dentro de los próximos cinco meses.
Meta también tiene seis meses para detener el "procesamiento ilegal" y el almacenamiento de datos personales de los residentes de la UE en los EE. UU.
El origen de la disputa
La decisión del DPC irlandés es parte de una disputa más amplia entre la Unión Europea y las empresas tecnológicas estadounidenses sobre los flujos de datos transfronterizos.
Las empresas tecnológicas han argumentado durante mucho tiempo que el libre flujo de datos a través de las fronteras es esencial para una Internet global y los intentos de evitarlo fragmentarán la web y aumentarán drásticamente los costos.
En 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea canceló un acuerdo de flujo de datos entre Estados Unidos. y la UE debido a preocupaciones sobre las prácticas de vigilancia de las agencias de inteligencia y las fuerzas del orden de los EE. UU. Desde entonces, los funcionarios estadounidenses y europeos han estado trabajando juntos para llegar a un nuevo acuerdo de flujo de datos, que se espera que finalice a finales de este año. Los gigantes tecnológicos de EE. UU., que quedaron en un limbo legal mientras tanto, se basaron en métodos alternativos para transferir datos, incluido algo llamado cláusulas contractuales estándar (SCC).
Un hecho sorprendente
En su declaración, el DPC dijo que no estaba de acuerdo con la multa impuesta a Meta, pero se vio obligado a seguir adelante debido a una decisión de la Junta Europea de Protección de Datos (EDPB por sus siglas en inglés) de la UE. La intervención del EDPB se produjo después de que el fallo original del DPC en el caso, que solo suspendió los flujos de datos de Facebook, enfrentó la oposición de otros cuatro reguladores nacionales del bloque, que exigieron una multa monetaria.