Autorizan nuevos aumentos para la telefonía fija, internet y TV paga: de cuánto será y a partir de cuándo
Con el visto bueno de la Enacom, a partir de marzo las tarifas de estos servicios se incrementarán entre un 5% y 7.5%

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó nuevos aumentos para marzo próximo en las tarifas de los servicios de telefonía fija, internet y TV paga, entre 5% y 7,5%, a través de la resolución 201/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial. La misma estableció que las licenciatarias de servicios de telefonía fija podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo, y tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados en hasta un 5%.

Además, determinó que las licenciatarias de servicios de valor agregado de acceso a internet podrán incrementar el valor de sus precios minoristas tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados hasta un 7%, cuando los planes residenciales ofrecen hasta 50 megabits por segundo (Mbps) de velocidad de bajada, y se trata de prestadores con menos de 100.000 accesos.

En tanto que en el caso de prestadores con 100.000 accesos o más, para los planes residenciales que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, podrán aumentar hasta un 5%; y para los que ofrecen más de 50 Mbps, lo podrán hacer hasta un 7,5%; la misma proporción que se podrá aplicar en todos los casos para los planes corporativos.

Asimismo, la resolución fijó que las licenciatarias de servicios de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico, conocidos como de TV por cable, podrán incrementar el valor de sus precios minoristas para abonos de TV residenciales en cualquiera de sus modalidades (pospaga o prepaga) y tecnologías (analógica, digital, HD, entre otras).

En este segmento, para los planes ofrecidos por prestadores con menos de 100.000 accesos, se podrá incrementar hasta un 7%; para aquellos con 100.000 accesos o más, 5%; y para los paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales premium, 7,5%.

Por último, se estableció que las licenciatarias de servicios de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelital, DTH o TV satelital podrán incrementar el valor de sus precios minoristas para abonos de TV residenciales en cualquiera de sus modalidades y tecnologías hasta un 5% para planes con menos de 200 canales; hasta 7,5% cuando sean con 200 canales o más y la misma proporción para paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales premium.