La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, dijo hoy que el proyecto de ley de ampliación de la moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social que se envió al Congreso, "es una medida de alivio" ante "una crisis sin precedentes".
Durante una entrevista con radio AM750, afirmó que la ampliación de la moratoria es una medida de alivio para las pymes, los comercios, los monotributistas y las grandes empresas.
El proyecto que ingresó ayer a la Cámara de Diputados amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada en diciembre por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir a los contribuyentes que no estaban contemplados en ese momento e incorporar una quita de intereses para las deudas acumuladas en el marco de la pandemia.
La iniciativa se aprobó en diciembre por unanimidad y confiamos que genere un gran consenso cuando se discuta en el Congreso, expresó Marcó del Pont, quien remarcó que "la situación es muy grave y no alcanza con esa moratoria, porque la deuda que se acumuló es muy grande".
Señaló que "la irrupción de la Covid-19 hizo que todo el entramado productivo acumule nuevas deudas que la ampliación de la moratoria busca abordar".
En esa situación se encuentran, agregó, "no sólo las pequeñas y medianas empresas sino las grandes también, los autónomos, los monotributistas, y muchos de ellos no habían ingresado a la moratoria de diciembre pasado".
"En esta ampliación incorporamos a personas humanas, a asociaciones civiles sin fines de lucro y a empresas grandes. El dato más importante es que hay quita de intereses, por eso la moratoria tiene que salir por ley, no puede decidirlo la AFIP por sí misma", detalló.
A las empresas grandes les estamos pidiendo ciertos compromisos como por ejemplo no distribuir utilidades por 24 meses, no pueden hacer pagos al exterior entre las mismas empresas, y estamos impidiendo que utilicen mecanismos de elusión a través de la compraventa de bonos, concluyó.
Cuáles son sus principales puntos
1) Las personas físicas y jurídicas sin distinción tendrán la posibilidad de adherirse a la moratoria, en el caso de su aprobación legislativa, hasta el 31 de octubre. En tanto, la primera cuota de la moratoria vencerá el 16 de noviembre.
2) Empresas grandes y personas humanas, que no podía acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, podrán solicitar el plan en esta oportunidad.
3) La totalidad de los planes y facilidades caídos, vencidos o anteriores se consolidarán en un solo plan.
4) Entre los beneficios más importantes, se destaca la inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020 y dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
En el caso de los aportes personales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social se podrán armar planes de hasta 48 y 60, de acuerdo a la condición de los solicitantes.
5) En todos los casos se prevé una condonación parcial de intereses y total de multas, como en cualquier otro tipo de moratoria, mientras que la tasa de interés será del 2% mensual hasta enero de 2021 en lugar del 3% que regía hasta el momento, y a partir del año próximo se aplicará una tasa variable en pesos.
Con información de Télam.