A mediados de noviembre, el Gobierno Nacional emitió un decreto en el cual se anunciaba el cobro de un impuesto a las criptomonedas. El mismo fue firmado por Martín Guzmán, el ministro de Economía, y grava los créditos y débitos bancarios, es decir que se enmarca dentro del impuesto al cheque.
Si bien en el decreto 796/21 se informa que esto no recae sobre el usuario final sino sobre las exchanges nacionales, la medida generó mucha polémica. Y ahora eso se materializó en un amparo que la Fundación Apolo le realizó al poder ejecutivo. La acción es inconstitucional, de arbitraria imposición, dispuesta por decreto, sobre todos los movimientos de fondos vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, señala el escrito.
El amparo fue radicado en el juzgado contencioso Nº 7, a cargo del juez subrogante Pablo Cayssials, y fue llevado a cabo por un grupo de abogados, entre los que se encuentra el libertario Yamil Santoro.
Esta demanda se plantea por interés propio, dado que la Fundación Apolo que representamos es sujeto pasivo del IDCB, y está alcanzada por muchas de las exenciones que son llamadas a quedar sin efecto para el caso de compras y ventas de criptoactivos, señala el escrito. Es decir, la Fundación es pretensa contribuyente del Impuesto sobre Criptoactivos, por cualquier compra y/o venta futura que quisiera ella realizar de criptoactivos, continúa.
Por otro lado, en el amparo se afirma que la Fundación tiene interés en la adquisición de criptoactivos, tanto para preservar el valor de sus ahorros, como para administrar los mismos
Además de Santoto, quienes impulsan la medida son el presidente de la fundación, Antonio Fratamico y el otro apoderado legal, José Magioncalda. Además, explican que cuentan con el patrocinio legal de Juan Martín Fazio y que convocaron para esta acción a ciudadanos que poseen una cuenta cripto y realizan este tipo de transacciones. Ellos se ven perjudicados por esta violación de sus derechos constitucionales fundamentales, aseguran.
El amparo presentado por la fundación cuenta de 30 hojas y dentro de todos los argumentos presentan uno donde señalan que la medida del Ejecutivo no tiene verosimilitud. Permítasenos simplemente subrayar ?una vez más? que el Impuesto sobre Criptoactivos, es un gravamen que no existía, que no debía pagarse, antes de la sanción del Decreto 796/2021. Y que es sólo por una decisión infundada, insólita e inconsistente del Poder Ejecutivo, que habría de pagarse a partir de ahora, indicaron.
¿Puede haber algo más alejado del modelo constitucional de legalidad tributaria y de prohibición de la delegación en materia impositiva? ¿Debe el ciudadano tolerar esta situación, dejar que se consoliden los perjuicios, en tanto este proceso pueda arribar a su sentencia definitiva y esta quede firme? ¿Puede el Poder Judicial permitir que esto suceda?, se preguntan quienes redactaron el escrito.
Cómo afecta el impuesto a las criptomonedas
Ignacio Morales, Analista Financiero de Wise Capital, explica a Forbes Argentina que "el impacto de la medida es muy limitado" y que "afecta únicamente a los servicios que ofrecen los exchanges locales". De esta forma, explica, "las operaciones que los usuarios realizan en exchanges del exterior o en sus billeteras no se ven alcanzadas".
Para el especialista, es una medida que "perjudica más a los exchanges locales que a los inversores, ya que éstos pueden optar por realizar operaciones de compra-venta mediante la modalidad p2p (persona a persona), y de esta forma no pagar impuestos".
En la misma línea, Martín Eduardo Género, investigador sobre blockchains en Clave Bursátil, espacio dedicado a la difusión y educación financiera, también sostiene que el decreto perjudica "casi exclusivamente" a los exchange locales.
"Vos como usuario podés optar por darte vuelta y usar un exchange extranjero. Y ya está. No pagás ese impuesto ni mandan tu información a la AFIP ni nada. O sea, entre más le quieran sacar tajada al mercado de cripto lo único que van a hacer es aislar y perjudicar el valor de las empresas locales", completa Género.
La cuestión central, precisa el investigador, es que el Gobierno no puede regular la blockchain; ningún país del mundo lo puede hacer, porque es descentralizada. "Entonces, como el gobierno no le puede poner impuestos a eso, se lo pone a las transacciones en blanco y declaradas. Lo único que hace es espantar a la gente, que va a realizar las transacción en negro, lo cual no tiene dificultad", agrega.
Norberto Saraceni, socio de la consultora Baker Tilly, aclara que el decreto regula las transacciones de entrada o retiro de fondos de las plataformas fintech que se usan para operar en cripto y no sólo a las transacciones en Bitcoin, lo que sería imposible.
"Está claro que los principales afectados serán los contribuyentes particulares o inversores minoristas, que por temor o por desconocimiento no compran sus criptoactivos en el mercado P2P, o persona a persona como se llama en español. Porque este tipo de contribuyente usa plataformas locales o internacionales que vieron potencial en el mercado de la Argentina en el último tiempo y que permiten ingresar y retirara fondos en pesos. El efecto inmediato que veo es que los inversores tratarán de mudarse al mercado P2P o investigarán el uso de plataformas que no estén alcanzadas por las regulaciones en la Argentina", completa Saraceni.