La Fundación Apolo, a través del Equipo de Activismo Judicial que lidera José Magioncalda, denunció a Mercedes Marcó del Pont, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, por no haberles informado a los contribuyentes que sus pagos de monotributo serían tomados a cuenta de la nueva actualización.
En la denuncia ?que subscriben el presidente de la Fundación Apolo, Antonio Fratamico, el coordinador de su equipo legal, José Magioncalda, y Gabriel Salvatore junto a Marina Kienast?, se argumenta que la titular de la AFIP violó la propiedad privada al confiscarle la plata a los contribuyentes mediante el cobro de ese retroactivo. En cuanto al perjuicio que la omisión de la funcionaria y su decisión provocaron en los contribuyentes, queda muy claro que la seguridad jurídica de los monotributistas se vio afectada, y sus derechos, cercenados a partir de una certeza tributaria que no era tal.
Los pagos realizados entre enero de 2021 y mayo de 2021 tienen carácter liberatorio. Por esto no correspondería aplicar ?de manera retroactiva? una norma que perjudique al contribuyente al exigir un saldo sobre esos períodos ya pagos. Sin embargo, eso es lo que, precisamente, hizo la AFIP.
Es importante destacar, en este sentido, que es obligación de dicho organismo estatal comunicarles a sus contribuyentes qué va a suceder durante el año para que estos sepan cuánto tienen que pagar. Pero no lo hicieron. No actualizaron los montos cuando debieron hacerlo, y esto llevó a que los contribuyentes, como nunca recibieron la comunicación adecuada, pagaran «lo que AFIP decía que había que pagar».
Entrada la segunda quincena de enero de este año, el portal web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de un breve comunicado, informó que, de no incrementarse los ingresos de los contribuyentes al punto de tener que cambiar de categoría, estos mantendrían su categoría actual y, en consecuencia, cancelarían los períodos mensuales de 2021 a los valores de ese momento.
Asimismo, ante la falta de una ley que actualizara las categorías del Régimen Simplificado, la AFIP nunca advirtió que los pagos correspondientes a los meses devengados (con carácter previo a la sanción de la nueva ley) serían tomados a cuenta de una actualización posterior.
La denuncia (CFP 3137/2021) quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal n.° 11.