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El trámite es obligatorio para los contribuyentes que pudieron haber excedido los límites de facturación en los que estaban inscriptos.

30 Junio de 2023 12.25

Los contribuyentes inscritos en el régimen del monotributo que hayan tenido ingresos superiores o inferiores a los de su categoría durante los últimos doce meses deben realizar un proceso de recategorización dentro del régimen.

A partir de mañana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará el sistema para realizar este trámite, el cual estará vigente hasta el 20 de julio. 

¿Cuáles son las nuevas escalas de monotributo?

Para determinar la categoría correspondiente dentro del régimen, se debe aplicar la tabla actualizada que entra en vigencia mañana. El pago del componente impositivo se realizará como de costumbre, el día 20 de cada mes.

¿Es obligatoria la recategorización?

Aquellas personas inscritas en el monotributo que mantengan la misma categoría no deberán realizar ninguna acción. A su vez, si han transcurrido menos de seis meses desde su inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.

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Es importante destacar que la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre y cuando perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo. Esto significa que:

  • No deben tener un empleo en relación de dependencia
  • No deben recibir una jubilación, no deben estar inscritos en el Régimen General como exentos de IVA.
  • No deben ejercer el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco deben percibir rentas financieras o ingresos por alquileres.

¿Qué categoría de monotributo soy?

Para evaluar en qué categoría corresponde estar dentro del monotributo, se deben considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos doce meses:

  1. Ingresos brutos acumulados
  2. Consumo de energía eléctrica
  3. Alquileres devengados y/o superficie utilizada para la actividad

Luego, se deben comparar estos valores con la tabla de categorías vigente del monotributo para determinar la categoría correspondiente al contribuyente:

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Fuente: Noticias Argentinas.

¿Cómo me recategorizo en AFIP?

El procedimiento de recategorización es el siguiente:

  1. Ingresar al portal del Monotributo con el CUIT y la clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción "recategorizarme" y automáticamente el sistema mostrará la categoría actual del contribuyente y los límites de cada parámetro de esa categoría. Seleccionar "continuar recategorización".
  3. A continuación, ingresar la información sobre el monto facturado en los últimos doce meses. Con estos datos, el sistema determinará la nueva categoría correspondiente, que se confirma seleccionando la opción "confirmar categoría". Luego, imprimir la nueva credencial.

 

*Con información de NA.

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