La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero (inclusive) el plazo para que las monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022, según informó hoy el ente recaudador fiscal.
Desde el primero de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda. La AFIP remarcó que “para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos doce meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento, como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica”.
El ente añadió que “cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización”. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
¿Cómo saber si me tengo que recategorizar?
El ente fiscal enfatizó que "aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción y, si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.
¿Cómo hago para recategorizarme en AFIP 2023?
Para realizar la recategorización, los contribuyentes deberán:
- Ingresar al sitio de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal
- Ir a la opción “Monotributo”.
- Una vez dentro, seleccionar la opción "Recategorizarme", y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
- Seleccionar la opción “Continuar recategorización”. Deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos doce meses.
- Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que deberá ser confirmada por en la opción “Confirmar categoría”.
¿Qué pasa si no hago la recategorización en AFIP 2023?
En caso de que al contribuyente le corresponda recategorizarse, pero no realice el trámite en tiempo y forma, la AFIP puede proceder de oficio, además de aplicar sanciones. La recategorización de oficio es un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se encuentra inscripto.
Los contribuyentes que sean recategorizados de oficio por la AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.
Según la Resolución General 5316/2023, la categoría asignada puede recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionado el trámite "Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término". En caso de no presentación del trámite digital de apelación, esto tendrá el efecto de "aceptación tácita" de la medida dispuesta por la AFIP.