A través del Decreto 1052/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno extendió hasta fin de marzo próximo el beneficio de cuotas diferenciales del denominado impuesto al cheque para el sector de la salud.
De esta forma, se prorrogó por 90 días la vigencia de las disposiciones del artículo 2 del Decreto 300/2020, extendido en tres oportunidades desde su decisión original adoptada el 19 de marzo de este año.
El artículo 2 del Decreto 300/20 estableció que por el plazo de 90 días, las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del 2,50% y del 5% para los créditos y débitos en cuenta corriente y para las restantes operaciones referidas en el primer párrafo del artículo 7° del presente Decreto, respectivamente, cuando se trate de empleadores correspondientes a establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
El nuevo decreto sostuvo que en la lucha contra la pandemia se encuentran especialmente comprometidos los establecimientos e instituciones relacionados con la salud, a los que se debe dar un marcado y fuerte apoyo.
A raíz de la situación de emergencia, no sólo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud sino que también resulta relevante coordinar esfuerzos en aras de garantizar a los beneficiarios y a las beneficiarias del Sistema Nacional del Seguro de Salud el acceso a las prestaciones médicas necesarias, precisó.
Así, concluyó que, en virtud de la evolución de la situación actual deviene necesario prorrogar el artículo 2 del Decreto 300/20, por 90 días, con el objeto de mantener el tratamiento diferencial otorgado a los empleadores y a las empleadoras correspondientes a las actividades relacionadas con la salud en lo que respecta al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.