Exportación de servicios: amplían el cupo para ingresar dólares sin liquidarlos al oficial
La medida busca impulsar la economía del conocimiento y facilitar el acceso de divisas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió ampliar el cupo de dólares que los profesionales que prestan servicios al exterior pueden ingresar sin la obligación de liquidarlos al tipo de cambio oficial. A partir de enero de 2025, el nuevo límite se elevará a US$ 36.000 anuales. Esto implica un incremento del 50% respecto al actual límite de US$ 24.000.

Esta medida, publicada mediante la Comunicación A 8153, aplica exclusivamente a los cobros derivados de exportaciones de servicios prestados por personas físicas en una variedad de sectores. Entre ellos, se incluyen áreas como: mantenimiento, telecomunicaciones, servicios informáticos, investigación y desarrollo, publicidad, ingeniería, y servicios jurídicos, entre otros.

Para poder ingresar hasta US$ 36.000 sin la obligación de liquidarlos al tipo de cambio oficial, es necesario estar inscripto como exportador en ARCA, ex AFIP.

Para poder acceder a esta excepción, los fondos deben ser depositados en cuentas de moneda extranjera a nombre del beneficiario, en entidades financieras locales.

El objetivo de esta normativa es facilitar la entrada de divisas al país y fomentar el desarrollo de sectores claves en la economía del conocimiento. Según datos del Ministerio de Economía, en 2023 las exportaciones de la economía del conocimiento superaron los US$ 7.000 millones; un aumento del 15% respecto al año anterior. 

Los sectores vinculados a este sector de la economía tuvieron un desempeño positivo en medio de la crisis cambiaria, con un fuerte crecimiento en áreas como el software, la biotecnología, los servicios profesionales y las industrias creativas.

El objetivo de esta normativa es facilitar la entrada de divisas al país y fomentar el desarrollo de sectores claves en la economía del conocimiento.

Para poder ingresar hasta US$ 36.000 sin la obligación de liquidarlos al tipo de cambio oficial, es necesario estar inscripto como exportador en ARCA, ex AFIP. Para que los fondos sean considerados como parte de una exportación de servicios, la persona física debe estar registrada formalmente en el régimen de exportadores de servicios.

Este registro es fundamental porque permite a la AFIP validar que los ingresos provienen de actividades vinculadas a esta clase de actividades, lo cual habilita a los profesionales para beneficiarse de la excepción de liquidación de divisas.