El Gobierno oficializó la nueva edición del Programa de Incremento Exportador para la soja, sin un tipo de cambio diferencial pero con la posibilidad de que los exportadores estarán obligados a liquidar el 75% de las divisas al dólar oficial mientras que el 25% será de libre disponibilidad. En las últimas horas las cerealeras y la Sociedad Rural salieron a rechazar la medida, al tiempo que insistieron en que lo mejor para el sector sería acceder a un tipo de cambio único, sin ningún tipo de restricción y sin pagar retenciones.
"La publicación del decreto en el Boletín Oficial ratifica que la instrumentación de estos anuncios son un beneficio para el Gobierno y la industria, no garantizando nada a los productores. Nosotros seguimos esperando medidas que beneficien de manera integral a todo el sector y no en beneficio de unos y detrimento de otros", se quejó la Sociedad Rural, en un comunicado.
También insistieron que la economía argentina “necesita contar con un único tipo de cambio, sin restricciones ni derechos de exportación". En este marco, la entidad empresaria reclamó que el mercado "se normalice, porque hace una semana que está paralizado y los productores necesitamos tener precios de referencia".
En la misma línea, CIARA CEC destacó que las disposiciones que contiene indican que “no estamos frente a un típico programa exportador como las versiones anteriores, es por ello que queremos resaltar que cada empresa decidirá individualmente si ingresa al esquema y de qué manera operará”.
Cada exportador tomará esa decisión sobre la base de sus necesidades de molienda y/o del programa de exportación de soja y subproductos de la soja de origen argentino. Por eso, desde CIARA CEC decidió no emitir análisis o datos. Aprovechamos para reiterar que como industria creemos que la mejor política es la unificación cambiaria y la eliminación de todo tipo de restricciones para que podamos ser realmente un país agroexportador que piensa en el beneficio integral y de cada uno de los sectores que conforman una gran cadena.
Pensar y ejecutar una política exportadora inclusiva y federal, además de generar mayor ingresos de divisas y más empleo, nos permitirá consolidar a la Argentina como líder en el comercio internacional de alimentos, biodiesel y tecnología.
La letra chica del nuevo dólar soja
El Gobierno restableció "de manera extraordinaria y transitoria" el Programa de Incremento Exportador (PIE) para la soja, sin un tipo de cambio diferencial pero con la posibilidad de que los exportadores tengan libre disponibilidad del 25% de las divisas que liquiden. La decisión se formalizó por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 443/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial. Se trata de la quinta edición del PIE, que fuera creado en septiembre de 2022; en este caso, el beneficio será para "aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto".
Según lo dispuesto, la adhesión al Programa será voluntaria y, para el caso de los sujetos que efectúen operaciones de exportación de mercaderías que requieran de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) "se consideran incluidas aquellas previas o posteriores a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, aun sin estar perfeccionadas, así como la compraventa con precio en pesos a fijar".
Además, el Poder Ejecutivo dispuso que "el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías, incluidos los supuestos de prefinanciación o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, que sean objeto de adhesión al Programa, deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios, en tanto que el 25% restante será de libre disponibilidad".
En ese sentido, puntualizó que quienes adhieran al Programa "deberán liquidar las divisas que ingresen a través del Mercado Libre de Cambios, en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de setiembre" de este año. En el caso de quienes requieren DJVE, deberán efectuar por el 100% de todas las divisas, la registración de la Declaración Jurada hasta el 30 de setiembre de 2024, de acuerdo con el texto oficial.
Con relación a las retenciones, el DNU aclaró que los exportadores "deberán abonar una suma en concepto de adelanto, en un plazo que no podrá superar el 28 de setiembre, considerando como base imponible el monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas a través del Mercado Libre de Cambios".
"Dichas sumas, expresadas en moneda extranjera, deberán considerarse un Certificado de Crédito Fiscal aplicable, en un primer término, al pago del derecho de exportación o, en su defecto, podrá utilizarse a los fines de la cancelación de obligaciones impositivas de los sujetos adheridos a los términos del presente Programa", añadió. A la vez, resaltó que es requisito para la adhesión voluntaria a este Programa "renunciar, en forma previa, a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo cuya finalidad sea reclamar la aplicación de procedimientos distintos a los previstos" en el decreto.
El Gobierno justificó esta medida al señalar que "es necesario continuar la implementación de políticas que tiendan al fortalecimiento de las reservas del Banco Central, estimulando la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional, producto de la exportación de mercaderías con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional".
*Con información de NA