Este miércoles 13 de noviembre la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió una normativa que, entre otras cuestiones, da un paso más hacia la regulación de activos digitales como las criptomonedas. La misma es aplicable al régimen especial de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos destinados a Inversores Calificados y sigue la tendencia de los mercados internacionales con el objetivo incrementar la oferta de alternativas de FCI, según destacaron desde la CNV.
"Habiendo transcurrido 6 años de la sanción de la ley N° 27.440 que salió a consulta pública a través de la RG N° 765, es un placer anunciar nuevas opciones de inversión que estaban previstas en esa ley tan innovadora", indicó Roberto E. Silva, presidente de la CNV. Y agregó al respecto: "Finalmente vamos a tener CEDEARs y Fondos Comunes de Inversión de Activos Virtuales, commodities e índices conocidos de gestión pasiva. Se van a poder negociar Bitcoin y Ethereum, entre otros, en el mercado de capitales".
Para Carlos Peralta, líder de Asuntos Públicos de Bitso Argentina, dos de los mayores beneficios de esta medida son el ofrecimiento a inversores tradicionales de una nueva vía de acceso al mercado cripto y la promoción de un sistema financiero más moderno e inclusivo. "Este avance es una gran noticia para la industria cripto, ya que puede estimular la adopción de estos activos al atraer a inversores tradicionales y expandir el ecosistema de forma gradual y segura. Además, complementa decisiones recientes, como la inclusión de cripto en el patrimonio empresarial por la IGJ, la creación del registro de PSAV (Proveedores de Servicios de Activos Virtuales) y la incorporación de criptoactivos en procesos de blanqueo de capitales", destaca Peralta.
Detalles de la normativa
La reglamentación habilita tres alternativas con inversiones en: 1) ETF (Exchange Traded Fund) que replique en forma pasiva índices que cuenten con amplia difusión referidos a renta variable, activos virtuales y/o materias primas (commodities); 2) en activos externos sin aplicación del límite del 25%; y 3) en activos locales, flexibilizando límites de diversificación .
Las últimas dos categorías estarán disponibles exclusivamente para inversores calificados y las dos primeras solo podrán ser suscriptas en moneda extranjera depositada en el exterior (cable). Asimismo, se habilita la creación de CEDEARs de ETF que cumplan con los requisitos mencionados previamente en el apartado 1).
Fuentes de la industria crypto consultadas por Forbes afirmaron que esta normativa es muy positiva para el sector ya que impulsará la adopción en el país. De todas maneras, también subrayaron que se encuentran hablando con las autoridades de la CNV para conocer más sobre la norma y su aplicación. Por el momento no pudieron dar más detalles sobre los instrumentos nuevos o cómo los ofrecerán, en caso de hacerlo, pero remarcaron que sin dudas es una buena noticia.