Cambio en el Impuesto a las Ganancias: cómo impactan las nuevas alícuotas
Los cambios introducidos por AFIP regirán para el período fiscal 2021. Qué deben saber las empresas y los contribuyentes alcanzados por el tributo.

La AFIP instrumentó modificaciones vinculadas con las alícuotas para los dividendos y utilidades del Impuesto a las Ganancias de Sociedades, que comienzan a regir desde este año. A través de la Resolución General 5060/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el ente recaudador determinó el procedimiento para el ingreso de la retención del Impuesto a las Ganancias derivada del pago o puesta a disposición de dividendos y utilidades, e instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.

Esa nueva alícuota -establecida por la ley 27.630, sancionada en junio último- rige para el período fiscal 2021. La AFIP explicó que las modificaciones son aplicables sobre los dividendos y utilidades de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y beneficiarios del exterior, siempre que se hayan generado en períodos fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

La Ley Nº 27.630 modificó el Impuesto a las Ganancias para Sociedades y, entre otras disposiciones, sustituyó la alícuota del 13% aplicable por personas humanas y sucesiones indivisas respecto de los dividendos y utilidades correspondientes a los años fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2021, por la del 7%.

Asimismo, la normativa estableció que los dividendos y distribución de utilidades reguladas están alcanzados a la alícuota del 7% durante los tres períodos fiscales contados a partir del iniciado el 1º de enero de 2018 inclusive, cualquiera sea el período en que tales dividendos o utilidades sean puestos a disposición.

AFIP.

"Consecuentemente, corresponde adecuar el régimen de retención de conformidad con las modificaciones normativas realizadas por la Ley N° 27.630", aclaró ahora la AFIP.

La reforma de este impuesto aumentó la alícuota de Ganancias para quien tenga una utilidad neta superior a los $ 50 millones. Una vez superado ese monto, se empieza a pagar la alícuota más alta de Ganancias: un 35%, al que se le suma un 7% más si distribuye dividendos.

¿Nuevo piso en Ganancias?

"El mínimo no imponible de Ganancias se va a estar actualizando", dijo Martín Guzmán días atrás. "La variación del índice Ripte es diferente al que estaba en el presupuesto; entonces se actualizará”, deslizó el funcionario, quien aseguró que "es algo que se hará este año para que los trabajadores que se beneficiaron de la ley que cambió Ganancias de personas humanas puedan disfrutar de este beneficio y solo paguen las personas que son parte de la población objetivo y se les genere un alivio a millones de trabajadores y trabajadoras del país”.

Lo cierto es que el Gobierno se encamina a anunciar un aumento del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias y lo hará por decreto como ya estaba previsto en la ley que aprobó este año el Congreso.

El nuevo piso estaría entre los $ 175.000 y los $ 185.000. El objetivo oficial es que la inflación no licue el efecto del proyecto que impulsaron Sergio Massa y Máximo Kirchner y que el tributo sólo afecte a un 10% de los asalariados.

El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa señaló que la actualización se concretaría en septiembre, con un propósito de elevar el piso en un 20%, de los $ 150.000 actuales a $ 180.000. En lo que hace al salario neto, se pasaría de un piso de $ 124.500 a uno de $ 149.400, siempre que el ajuste sea el propuesto por Massa.

*Con información de NA.