El Gobierno eliminó la imposición de registrarse en el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) que acompañaba al régimen de SIRAs para realizar importaciones. Lo hizo a través de una Resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.
El CEF era un trámite complementario al régimen SIRAs que utilizaba la AFIP para filtrar importaciones. Todo este sistema fue reemplazado por el “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”. Mediante este sistema se suministrarán de manera anticipada la información relativa a sus destinaciones de importación para consumo, para su análisis y seguimiento, a fin de normalizar y facilitar el comercio exterior.
La titular de AFIP, Florencia Misrahi, señaló que la eliminación del CEF tiene el objetivo "de darle mayor fluidez al comercio exterior". No obstante, el CEF "se mantendrá como una herramienta más de fiscalización de la AFIP", aclaró la funcionaria en su cuenta de X (ex Twitter).
En base a lo dispuesto en la medida, la AFIP dejará de requerir la evaluación del CEF para las operaciones de comercio exterior, con el propósito de simplificar la tramitación de importaciones y "garantizar la transparencia", en línea con las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La decisión se plasmó en la Resolución General 5478/2024 publicada hoy en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial, en la que a su vez modifica parcialmente la resolución conjunta de la AFIP y la Secretaría de Comercio 5466 del 22 de diciembre del año pasado.
"La medida profundiza la simplificación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) con el objetivo de garantizar la transparencia del comercio exterior", destacó el organismo en un comunicado, en el que también se remarcó que "de este modo, el Sistema CEF funcionará exclusivamente a efectos estadísticos".
Con esta modificación, la AFIP remarcó que "la discrecionalidad será ajena al SEDI".
En este mecanismo, se prevé que la AFIP -de manera previa a la oficialización de la declaración en el SEDI-, a partir de la información disponible en sus registros, continúe analizando la situación tributaria y la capacidad económico-financiera del declarante
En la misma Resolución, la AFIP creó el "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada.
De esta forma se busca otorgar transparencia a la deuda que el Banco Central mantiene con los importadores.
*Con información de NA y Télam.