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RIGI, una promesa que más nos vale cumplir

Manuel Alderete Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral y becario Chevening 2024-2025.

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13 Noviembre de 2024 11.24

Todo Estado de Derecho exige que la Administración esté sometida a la justicia, no solo para el control de sus actos sino también para hacerla responsable por los perjuicios que su acción u omisión provoquen.

Hace tiempo ya que en Argentina se abandonó la idea de que el Estado no debe reparar los daños que cause a la propiedad privada. Nos queda ahora pendiente la tarea de aceptar que el cambio súbito y constante de regulaciones destruye la seguridad jurídica del país, y con ella nuestras posibilidades de desarrollo. Es esa una de las causas por las que necesitamos de instrumentos como el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones ("RIGI") para reconstruir credibilidad y atraer capitales a nuestro territorio.

Al sancionar este régimen, el Congreso hizo una promesa: todos los inversores que adhieran al RIGI tendrán estabilidad normativa en materia cambiaria, aduanera y tributaria por un plazo de 30 años y una serie de beneficios adicionales. También se autoimpuso un límite: no podrá sancionar normas que alteren la estabilidad prometida.

El RIGI involucra una especie de contrato entre el Estado y un gran inversor, con derechos y obligaciones claramente establecidos. Concurre, como en todo acuerdo, la voluntad de ambas partes. Por un lado, el beneficiario que solicita la adhesión al RIGI, debe cumplir con una serie de condiciones y asumir compromisos por el tiempo que duren sus beneficios (por ejemplo, presentar un proyecto de inversión por más de USD 200 millones, contratar proveedores locales, comprometer una producción o exportación estimada, entre otros). Se somete además a un régimen de control y sancionatorio por parte de la Administración. Por otro lado, el Poder Ejecutivo Nacional debe aprobar expresamente el otorgamiento de los beneficios y respetarlos por el plazo en que son concedidos. 

Los derechos nacidos al amparo del RIGI tienen así plena protección frente a cambios normativos posteriores o actos de los poderes públicos que los afecten: su fuente no es solo la ley sino también la relación Estado-inversor. 

Para restaurar la confianza en Argentina fue necesario un pacto que ni el legislador ni la Administración podrían alterar sin un daño a la garantía constitucional de inviolabilidad de la propiedad, y sin asestar un golpe a la seguridad jurídica. Se trata de un paso importante para lograr previsibilidad y certeza por la eternidad que significan 30 años en el país de las emergencias. 

Más nos vale respetar esa promesa. El costo de no hacerlo es demasiado alto y va más allá del perjuicio que pueda causar a un inversor. Nos condenaría, una vez más, al atraso que no merecemos. Implicaría destruir nuestra credibilidad y confirmar que Argentina es un país riesgoso y poco confiable. 

Ojalá aprendamos esta vez que, como dijo el reconocido jurista alemán Gustav Radbruch, al pueblo aprovecha, en última instancia, sólo lo que es derecho, lo que crea seguridad jurídica y lo que aspira a ser justicia.

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