Nunca fue fácil alquilar en la Argentina. Sin embargo, la inestabilidad económica de los últimos años, sumado a cambios de normativa que introdujo la nueva Ley de Alquileres en 2020, complejizan aún más las negociaciones entre propietarios, inmobiliarias e inquilinos. Por eso, vale la pena explorar las distintas posibilidades que ofrece el mercado de garantías, sea para brindar certidumbre a los acuerdos como para facilitar el acceso a una vivienda.
La ley establece que, en los alquileres, el inquilino debe proponer al locador al menos dos tipos de garantías diferentes. Entre ellas, está el tradicional título de propiedad inmueble o garantía propietaria. Esta opción implica que el inquilino le pida a un familiar o conocido que sea propietario, contar con una vivienda a modo de garantía en el lapso que dura el contrato de alquiler. Pero hay algunas premisas a tener en cuenta. La propiedad debe estar libre de embargos, no debe ser un bien de familia o estar comprometida con hipoteca. Además, es muy común que se exija que la vivienda esté ubicada dentro de la misma jurisdicción local que el inmueble que se pretende alquilar.
La dificultad está en que no todos los inquilinos pueden disponer de este tipo de respaldo. Asimismo, presentar como garantía un inmueble que esté emplazado en el distrito tampoco es sencillo, en especial para aquellos inquilinos de CABA que provienen de provincia de Buenos Aires o del Interior.
En el camino empinado al alquiler, el seguro de caución se revela como una herramienta muy conveniente para aquellas personas que no cuentan con las garantías exigidas por la inmobiliaria o el propietario. Es de fácil contratación para el inquilino y para el propietario, representa un medio seguro y eficaz.
Pero, ¿qué es el seguro de caución? Es un tipo de garantía que otorga una compañía de seguros al propietario a fin de que no deje de cobrar los alquileres ante la falta de pago por parte del inquilino. Es una alternativa más eficiente, rápida y accesible que las garantías propietarias.
La compañía aseguradora, antes de emitir la póliza, hace un análisis crediticio donde se verifica la solvencia y la capacidad de pago del inquilino. Es importante subrayar que la garantía es otorgada por compañías aseguradoras que se encuentran auditadas permanente por la Superintendencia de Seguros de la Nación. En caso de incumplimiento en el pago por parte del inquilino, la aseguradora es quien responde, manteniendo indemne al propietario.
El seguro de caución es mucho más eficiente y rápido que otras alternativas. Tiene la ventaja que se ejecuta en un plazo de pocos meses, a diferencia de las garantías propietarias que requieren largos procesos judiciales. Además, el propietario se ahorra tener que afrontar gran parte de los trámites legales, ya que la aseguradora le brinda asistencia jurídica durante el proceso de desalojo.
Para las personas que buscan alquilar, esta herramienta representa el acceso a un alquiler de manera rápida y económica, sin necesidad de conseguir una garantía propietaria. Para contratarlo, solo es necesario contar con DNI, el de un garante y el contrato de alquiler, cuyo monto mensual no debe superar el 30% de los ingresos. También se ofrecen diferentes planes de pago, incluidas cuotas con tarjeta de crédito o débito en cuenta bancaria.
El seguro de caución cubre la falta de pago de alquileres y las multas directamente relacionadas. También expensas comunes ordinarias, impuestos y tasas inmobiliarias, y servicios como luz, gas y agua corriente, incluido su rehabilitación o reinstalación.
Está demostrado que el seguro de caución es más eficaz y simple que una garantía propietaria, y exige mínimos documentos para ser ejecutado. Para el propietario, este seguro otorga previsibilidad, garantizando mantener el flujo de ingresos previstos. Del lado del inquilino, es una llave para abrir nuevas puertas.
*Por Ariel Levi Neumann - Gerente de Marketing Individuos de Grupo San Cristóbal